AVALES DEL ICO PARA EMPRESAS Y AUTO?NOMOS PARA PALIAR LOS EFECTOS ECONO?MICOS DEL COVID-19
Marco normativo
Resolucio?n de 25 de marzo de 2020, de la Secretari?a de Estado de Economi?a y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las caracteri?sticas del primer tramo de la li?nea de avales del ICO para empresas y auto?nomos, para paliar los efectos econo?micos del COVID-19 (BOE de 26 de marzo).
Objeto
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto econo?mico y social del COVID-19, establece una serie de medidas para preservar la normalidad de los flujos de financiacio?n y los niveles de circulante y liquidez, para asi? permitir que empresas y auto?nomos continu?en abonando los salarios de los empleados y las facturas a proveedores, manteniendo la actividad econo?mica. Entre estas medidas, el arti?culo 29 de esta norma preve? una li?nea de avales por importe ma?ximo de 100.000 millones de euros que aportara? el Ministerio de Asuntos Econo?micos y Transformacio?n Digital para la cobertura de la financiacio?n otorgada por entidades financieras a empresas y auto?nomos.
Se establecen ahora las condiciones aplicables y requisitos a cumplir para el primer tramo de la li?nea de avales, que ascendera? a un importe de 20.000 millones de euros.
Condiciones aplicables
?Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir para el primer tramo de la li?nea de avales, que ascendera? a un importe de 20.000 millones de euros se establecen en el Anexo I de la Resolucio?n, que especifica: